Sra. Juez, diga la verdad

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La Sra.Juez-Decana, ha hecho una afirmación sobre la tramitación de los desahucios “express” en ocupaciones ilegales que, utilizando una expresión popular, “no se la cree ni ella”. Según esta Juez, mediante este procedimiento del artículo 441 de la Ley “se lanza a los ocupas ilegales en 5 días“.

Este comentario de la Juez-Decana de Baracaldo es ofensivo e insultante para los perjudicados, víctimas de ocupaciones ilegales. La soberbia que la dan las puñetas la ciegan y la pierden.

En cinco días cualquier Juzgado español es incapaz de resolver ni tan siquiera sobre la admisión a trámite de la Demanda de desahucio o del procedimiento del que se trate.

Recomienda la Juez-Decana, desde la “atalaya” de su poder judicial y “sin pisar ni vivir“ la realidad cotidiana de los justiciables, que acudan al procedimiento  civil en lugar de acudir erróneamente al procedimiento penal, por ser el civil “más ágil”: ¿Existe en la Jurisdicción española algún procedimiento ágil?

Esa manifestación de “agilidad” procesal en el procedimiento civil es una frivolidad insultante desde una instancia judicial en la que se comprueba que no se conoce, ni importa lo más mínimo, las vicisitudes de los justiciables en sus reclamaciones ante los tribunales.

Conoce muy bien la Juez-Decana la crónica lentitud y absentismo judicial que están instalados en el organización judicial sin control alguno. No se trata solo solicitar continuamente medios personales y materiales, porque también Jueces y Fiscales, en su generalidad,  deben ser conscientes de su propio absentismo y cumplimiento del  horario laboral y esta lentitud crónica de la Administración de Justicia, tiene su origen y motivación, no solo en la insuficiencia de medios personales y materiales, que también, sino en la conducta generalizada de los respectivos titulares de Juzgados y tribunales pluripersonales.

Como dice un viejo, pero vigente, principio forense, “es el Abogado el único que cumple los términos o plazos procesales, porque es el único que sufre las consecuencias de no hacerlo”. Al Abogado no le vale la ya consabida y manoseada  coletilla de los Jueces con la que tratan de justificar sus retrasos en las resoluciones: “por acumulación de trabajo”.  

Esta demora enquistada en la Judicatura es la realidad palmaria que tienen que sufrir los justiciables, incluidos los que utilizan el recomendado procedimiento de “desahucio express” contra ocupaciones ilegales. Y la Inspección de Tribunales no es válida para su solución. El corporativismo judicial es descarado.

La burocracia judicial, unida al absentismo generalizado, hacen que la demora de los procedimientos judiciales sea  imposible de superar. La Judicatura no tiene control. Ese plazo de cinco días no existe.

El mensaje de la Juez-Decana de Baracaldo no se corresponde con la realidad, no es cierto. La duración de ese procediniento, no baja de los nueve a doce meses, en el mejor de los casos.

La Sra. Juez-Decana de Baracaldo está obligada a ser rigurosa y a no poner más piedras, de las que ya hay, en los caminos judiciales de los ciudadanos.

Las víctimas, los perjudicados, de las ocupaciones ilegales están indefensas.

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