Es evidente que existen tantas “justicias” como jueces hay. No solo imperan los condicionamientos políticos e ideológicos, sino también los criterios particulares de cada juez en las interpretaciones de la Ley que realiza cada uno al amparo y bajo “el paraguas” de esa mal llamada, peor entendida y arbitrariamente en muchos casos “libertad de interpretación legal”.
Es la “injusticia notoria” que crean los jueces en aras de esa interpretación legal y los ciudadanos la sufren.
Ante esta situación, que se prolonga secularmente sin que el órgano de los jueces sea capaz de poner orden, los ciudadanos se hacen constantemente la “pregunta del millón” ante jueces que resuelven no desalojar a los okupas y promover que impere “la ley de la selva”: ¿Y si fuera suya la casa okupada? Es igualmente evidente que la casa de un juez no se okupa o se expulsa y lanza al okupa de inmediato.
Y llegados a este punto interviene el Juez Decano de Cáceres para manifestar y afirmar “que da igual que pasen 48 horas, 40 días, ó 200, porque si se trata de la okupación de una vivienda habitual o de una segunda residencia se puede echar al ocupa de manera inmediata”.
D. Rafael Estévez niega que existan dificultades para estos lanzamientos transcurridas 48 horas desde su okupación para proceder al lanzamiento del okupa.
Según “la interpretación” del juez Estévez se trata de un delito de allanamiento de morada y en tal caso es muy fácil la práctica de ese desalojo, lo que lleva a dudar tanto de las “interpretaciones legales“ de jueces y fiscales, y ello provoca “en la calle” una alarma social con ciudadanos perjudicados que están en manos de los diferentes criterios judiciales.
Según el criterio interpretativo del Juez Estévez, los okupas no adquieren derecho alguno al realizar la okupación, lo cual es una “leyenda urbana”, que produce grandes beneficios a las empresas que se dedican a la desocupación.
Y los ciudadanos afectados se preguntan qué hacer si el criterio interpretativo del juez que le ha correspondido es distinto del criterio del juez Estévez.
Situaciones rocambolescas, dislates contra la propiedad que las sufren los ciudadanos porque no tienen el amparo judicial.
El mundo al revés y no es “leyenda urbana“ alguna que la Ley protege al delincuente.